A- de 2019
Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Demandante Justo Cabrera Domico
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se rechaza por improcedente y se remite a quien conoció de la acción de tutela en primera instancia
- Competencia excepcional de la Corte Constitucional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de cumplimiento de la Sentencia T-652/98, formulada por el Gobernador Indígena de la Comunidad de Zorando Independiente.
Se solicitó a la Corporación hacer cumplir lo ordenado en el fallo de la referencia, en tanto se siguen vulnerando los derechos constitucionales a un sector del Pueblo Embera Katío del Alto Sinú.
La Corte concluyó que la pretensión está dirigida a manifestar el inconformismo respecto a las fórmulas que se han adoptado para obedecer la orden de reparación económica proferida en la referida providencia, al considerar que ellas excluyen, de forma injustificada, a varios sujetos que también deber ser beneficiarios de la indemnización.
La Sala decide ABSTENERSE de tramitar el requerimiento formulado y ordena remitirlo al Tribunal Superior de Montería para que proceda conforme a su competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. ABSTENERSE de tramitar la solicitud de apertura del trámite de cumplimiento de la Sentencia T-652 de 1998, promovida por el señor Justo Cabrera Domico, en calidad de Gobernador Indígena de la comunidad de Zorando Independiente.
- SEGUNDO. REMITIR al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería, la solicitud reseñada en el numeral anterior, para que proceda conforme a su competencia.
- TERCERO. ORDENAR que por Secretaría General se comunique la decisión adoptada en esta providencia al peticionario.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.